lunes, 31 de diciembre de 2012

Marconi quiere vivir


A pocos días para finalizar el año, nos hemos encontrado con uno de esos casos que nos ayudan a recordar por qué nos dedicamos a esto. Se trata de Marconi, el último perrito en llegar al albergue. Fue encontrado por un ganadero junto a un contenedor, encerrado dentro de un saco, con numerosas magulladuras, pero aún con vida. El pobrecito estaba agonizando y lo trasladamos urgentemente al veterinario para tratar de salvarlo. Afortunadamente, tras pasar unas horas hospitalizado y recuperarse de la hipotermia sufrida por las largas horas que pasó junto al contenedor, el perro comenzó a reaccionar.


Si hasta aquí la historia os parece estremecedora, esperad a conocer el resto. En la clínica veterinaria descubrimos que el perro tenía chip, así que la Policía se encargó de localizar al dueño. Se trataba nada menos que de un veterinario (sí, como suena) que, al ver que el perro había sido atropellado frente a su casa y que estaba moribundo, no tuvo ninguna contemplación en introducirlo en un saco y dejarlo junto al contenedor, calculando que, para cuando el camión pasase a recogerlo, el animal ya habría muerto. Espeluznante. Por supuesto, tanto la Policía como nosotros hemos presentado sendas denuncias contra él, además de dirigir un escrito al Colegio de Veterinarios, por si desean adoptar las medidas pertinentes. Esperemos que así lo hagan.


Tras unos días algo desorientado, el perro ya ha empezado a moverse con cierta soltura y se recupera de sus heridas en cabeza y cadera. El accidente le hizo perder el ojito izquierdo, así que hemos decidido bautizarlo como Marconi, el inventor del telégrafo sin hilos, que corrió la misma suerte. Sin duda, un ilustre nombre para un ilustre perro, que como tantos de sus compañeros, nos ha vuelto a dar una lección de vida.

51 comentarios:

Marisa dijo...

Es increible, no estaría de más que se descubriera la identidad de ese "profesional"; creo que nadie querría que nuestros animales fueran tratados por semejante sujeto.

Sacri dijo...

Sin duda si yo me enterara de que mi veterinario hace eso,no solo dejara de confiarles a mis perros, sino que haría que nadie mas los llevara.

Anónimo dijo...

En casos asi, lo mejor seria decir el nombre y apellidos del maltratador, q al igual que no ha tenido vergüenza en hacer eso, tampoco deberia tenerla en dar la cara. Es mas, en caso de que se tratase del veterinario de mi perro,me gustarìa enterarme para sacarlo de alli cuanto antes!!! A-lu-ci-nan-te!!!

Gaby dijo...

Nada nos gustaría más que denunciar públicamente a este veterinario (si es que se le puede llamar así), pero habiendo tomado medidas legales contra él, lo más aconsejable es no revelar su nombre hasta que todo se solucione. Por supuesto que entendemos vuestra indignación, pero esperamos que lo comprendais. Gracias.

Anónimo dijo...

Espero se pueda hacer todo lo posible para que marconi no vuelva con ese "ser infrahumano". Por favor no lo consintáis.

Angelines dijo...

Se llama canelo, no marconi. Es un buen perro, inteligente y muy afortunado de haber sido tan querido y tan bien cuidado por su dueños.Canelo sufrió un lamentable accidente, y su dueño, un buen hombre y buen profesional, cuando lo vió tuvo un sock y pensó que estaba muerto por lo que lo arrojó al contenedor para evitar el sufrimiento y el impacto a su familia.Cometió un error, pero si ustedes soltaran a Canelo en cualquier parte del pueblo comprobarían cómo iría hasta su casa a buscar a su dueño , y se convencerían del cariño que se tienen y de que no es ningún "ser infrahumano". ¿Cómo pueden ustedes amar tanto a los animales y hacer tanto daño a las personas, juzgando sin saber?.

Gaby dijo...

Hola Angelines,
Antes de nada, estás en tu derecho de aportar tu versión de los hechos y, por supuesto, nos parece bien que lo hagas aquí. Pero como en toda situación, existen varias versiones de lo ocurrido y, cuando la Policía Local ha estimado oportuno poner una denuncia contra el dueño del perro, es porque cuenta con una versión diferente. Nosotros no juzgamos, será la Justicia quien lo haga y nosotros acataremos lo que decida. Desde la Protectora, nos hemos limitado a ceñirnos a la actuación de la Policía y, por supuesto, nos hemos encargado de recoger, recuperar y preparar al perro para una posible adopción, puesto que ha pasado ya un mes y nadie lo ha reclamado.
Gracias y un saludo.

Angelines dijo...

Seguro que hacen muy bien su trabajo, y les agradezco que hayan recogido y curado a Canelo, pero discrepo totalmente con el artículo sensacionalista en el que se descalifica a una buena persona. Por favor, infórmense bien:el dueño de Canelo lo ha reclamado en cuanto ha podido, y está deseando que vuelva a la preciosa casita que él mismo le construyó........aunque casi nunca estaba allí, porque le encantaba dormir junto a sus dueños, como uno más de la familia.
De nuevo, mi agrdecimiento por su labor con los animales.

Nicolás dijo...

Soy Nicolás
Pienso como Angelines. Conozco al dueño de Canelo, ahora Marconi, y puedo asegurar que ha sido un perro feliz y muy querido y cuidado por sus dueños. Los calificativos que se estan utilizando para definir al dueño están fuera de tono. ! cuidado con estas opiniones porque los que conocemos a los dueños sabemos de su amor a los animales. Los comentarios que ha leido sobre esta noticia no definen a esta familia

Pilar dijo...

Yo tambiém conozco a Canelo y conozco a su familia. Estoy totalmente sorprendida de como una noticia sensacionalista puede hacer emitir opiniones a personas que desconocen verdaderamente la situación.

El perro ha sido muy querido y ha tenido una muy buena vida, ese es un hecho indiscutible y constatable porque al vivir en un municipio reducido todos le hemos conocido; ha jugado con los niños y con los mayores y todo el mundo sabe la vida que ha llevado. Le deseamos que en su nueva casa de acogida tenga una vida la mitad de buena que ha llevado y con eso ya le irá muy bien.
Sus dueños se han preocupado mucho por él y por otros animales y no merecen calificativos gratuitos porque el amor y el cuidado de por los animales es también un hecho indiscutible.
Somos muchas las personas que conocemos a esta familia y a sus animales y su forma de convivir con ellos y con sus semejantes y vamos a intentar que esto quede claro porque se estan haciendo afirmaciones que no se corresponden con la realidad.

Gaby dijo...

Hola a todos,
Reiteramos nuestro agradecimiento porque nos podáis ofrecer una versión diferente de los hechos. Desde la Protectora, nunca hemos afirmado que este perro no fuese querido o no estuviese bien cuidado, pero lo que sí cuestionamos (y es simple y llanamente lo que la propia Justicia tendrá que valorar) es la actuación de su dueño ante el desgraciado atropello. Viendo cómo está ahora el perro, es evidente que su respuesta no fue la adecuada, pero será la Justicia quien tenga que determinar los motivos que llevaron a ella.
Un saludo.

pilar dijo...

Hola Gabi, tengo que comunicarte que lo que dices no es cierto. algún representante de la protectora ha dicho:"No quiero n i pensar la clase de vida que le habrán dado".

qué quieres que pensemos los que hemos conocido a Canelo y a sus dueños desde hace muchos años.

Yo, sinceramente, creo que es muy importante porque se influye en la opinión pública de forma gratuita.

Parece que os desilusiona que el perro haya estado siempre bien cuidado y que haya sido un perro feliz, porque de lo contario ¿no querrias entrar en el tema?, ¿te ceñirias solo al desgraciado accidente?, yo creo que.....no

Gaby dijo...

Hola Pilar,
Nosotros nos ceñimos al accidente porque es la forma en que hemos conocido al perro y la causa de que haya llegado a nosotros. Nos alegramos de que haya tenido una buena vida hasta ahora, pero eso no explica en ningún caso la desafortunada actuación de su dueño en este caso, que es lo que la Justicia tratará de aclarar. Y eso será, sin duda, lo mejor para todos.
Un saludo.

CARLOS dijo...

Hola, escribo este comentario desde Ávila y estoy indignado por el enfoque totalmente sensacionalista de la noticia.
Yo conozco al dueño de Canelo y es una excelente persona que no tiene nada que ver con la imagen que se ha pretendido dar sobre él.
Ratifico lo comentado anteriormente siendo testigo en varias ocasiones con mi hijo del trato y el cariño por este animal.
Desgraciadamente hubo un accidente que causó mucho sufrimiento por la pérdida de su animal, y por un trágico error, al darle por muerto, hizo que Canelo terminara en la protectora de animales, donde parecen tener más sensibilidad sobre el dolor de los animales que por el dolor que están causando a su dueño, su familia y todos los que les apreciamos.

Maribel dijo...

Conozco a Canelo y a sus dueños y No doy Crédito!! le atropellan al perro en un desgraciado accidente, un perro muy querido que ha llevado una vida muy feliz; provoca un enorme disgusto en la familia,
aparentemente está muerto, y toman una decisión equivocada o no, no creo que nos corresponda juzgar, y eso le convierte en un maltratador de animales, infrahumano... y no se cuantas cosas más que he leído en distintos medios, de la noche a la mañana?
Que facilidad para darle la vuelta a las cosas!el tiempo pondrá todo en su lugar pero mientras tanto, se está haciendo mucho daño gratuito con tanto sensacionalismo. Lo repararéis después?
Y.. Gabi Sí, es veterinario (aunque no ejerce la clínica) se le puede llamar así.

blasdog dijo...

Angelines, solo una cosa. Que el perro si lo sueltas vuelva junto a su dueño, es solo una prueba de la lealtad de los perros, no de la bondad de los dueños. Sabrás la historia de aquel humano que cogió su lancha y a su perro para tirarlo al mar. En la maniobra, pues el perro se resistía a ser arrojado, quien cayó fue el dueño y quien lo salvó fue el perro.
Todos conocemos casos de perros maltratados que mirar con amor a sus dueños.
Me produce asombro personal las diferencias de actitudes ante un mismo hecho. Humanos incapaces de arrojar a un contenedor de basura a su perro realmente fallecido y otros, como que lo arrojan al momento..Es realmente sorprendente.
Alguien se preguntaba que como se restauraba el honor del veterinario si no resultaba condenado y yo me pregunto,si resulta condenado ¿dejareis de trataros con él?

Enrique dijo...

Conozco al perro, conozco al dueño y a su familia y os aseguro que el enfoque del artículo es injusto e incorrecto y, por ende, lo mismo puede decirse de los comentarios que abundan en la misma idea.

El dueño y su familia son grandes amantes de los animales y grandes personas. Mientras Canelo (así se llamaba antes el perro) estuvo con ellos no tuvo sino atenciones, excelentes cuidados y mucho cariño.

El dueño de Canelo se equivocó al dar por hecho que el perro había muerto.Yo me equivoco todos los días una vez por lo menos y el autor del artículo se equivocó cuando lo escribió de la forma que lo hizo condenando al dueño como si hubiera cometido un delito. Le recomiendo que lo relea, reflexione y pida disculpas por juzgar sin ser juez y sin conocer el caso en profundidad. Probablemente, en estos momentos ya tiene datos para concluir sobre su error y ¡rectificar es de sabios!. Espero que lo haga porque las persona que, como él, ama tanto a los animales no puede ser tan injusto con las personas.

Andrés dijo...

Pues me vais a perdonar, pero a mí este hombre no me merece ningún respeto; en primer lugar, como veterinario, pues cualquiera que se precie de llamarse así sabe perfectamente cuándo un animal está vivo o muerto; y en segundo lugar, como persona, pues considero que si quieres tanto a tu perro, le das un entierro digno o al menos una incineración, no lo arrojas a un contenedor metido en un saco... cuánto amor se desprende de ese último gesto...

Nicolás dijo...

Andrés, quieres que el veterinario ¿hubiera tocado a clamor?.

Hombre vamos a opinar cada uno lo que queramos pero sin ofender a la inteleigencia humana.

Haber si es que se nos va a ir la pinza. Cuidate.

Si a ti este veterinario no te merece ningún respeto, tú a mi me das miedo, por tu forma tan radical de pensar.

Tío la vara dijo...

Me falta vara pa contestar a todos los defensores del "entierro mediante saca".

Sólo espero que no os hagan el día de mañana lo mismo a vosotros.

psicologo dijo...

Buenas Blasdog, `De la misma manera que, por ejemplo, yo no voy a dejar de apoyar a la protectora de animales , aunque esta pueda cometer errores, la familia y amigos del dueño del perro tienen el derecho y hasta la obligación de apoyarle y de relacionarse con él, pase lo que pase.
Se pone uno a leer este blog y no sabe si estamos hablando de un accidente de un perro o de la matanza de Texas.

Anónimo dijo...

Buenas tardes.
En el caso de CAnelo (Marconi), no es como lo pintan, sus dueños simpre lo han tratado bien,solo quien no conoce como lo han tratado y como tratan a otras mascotas que tiene pueden hacer comentarios desprovistos de todo rigor y tremendamente sensacionalistas, primero hay que informarse y despúés opinar, no se puede difamar así como así
MIguel

Anónimo dijo...

Creo que calumniar a personas, por aquellos que se creen las informaciones sesgadas y sin informarse totalmente de lo ocurrido, es cuando menos, un acto de hipocresía e irreponsabilidad.
Quizás llevados por un desmedido e irracional amor por los animales, hace que esta información aparecida se ataque bajo un prima poco objetivo.
Espero que Canelo o Marconi, felizmente recuperado tras un desgraciado accidente, tenga una larga y buena vida, que estoy seguro tendría también con su anterior dueño.
Quisiera pensar que la alegría vida está por encima del dolor de la pérdida de un ser querido. Parece que quienes opinan sin tener ni idea de lo ocurrido, quisieran regodearse del mal que pueda ocasionarsele a una persona, por más arrepentido.
Jose

Una veterinaria dijo...

¿Nunca han enterrado gente viva con certificado de defunción expedido por un médico? Esos errores existen en la práxis veterinaria, y son eso: errores.

Respuesta al tio la Vara dijo...

Es muy sencillo, y Salomón nos dió una pista: Que pongan al perro, como se llame, delante del dueño y vean si huye o levanta el rabo y lo mueve como si tuviera dos.
No hace falta una vara.

Pilar dijo...

La verdad es que al tio de la vara no merece la pena ni leerle ni comentarle, porque se descalifica solo.
Solo como consejo le digo:
Ten cuidado con la vara, que fíjate lo que pasa por un error con un perro...... a ver si te lee aguien de alguna asociación protectora de los derechos humanos y ......en fin.

José Antonio dijo...

De la mayoría de comentarios se deriva una cuestión: la actuación del dueño no es tan grave, no es para atacarle tanto porque, al fin y al cabo, esta persona no es ningún terrorista ni ha matado a nadie, sólo se trata de la vida de un perro. Quizá ahí radique el problema. Entiendo que, para la gente que ayuda en las protectoras y asociaciones y que dedica parte importante de su tiempo e incluso de su dinero a esa labor, la vida de cualquier animal sí es importante, así como que reciba un trato digno tanto ANTES como DESPUÉS de su muerte.

Anónimo dijo...

Buenos días por decir algo.
Canelo por que yo me niego a llamarlo de otra manera es un perro que ha vivido y digo vivido por que no creo que vuelva ha vivir igual en su vida era un perro todalmente feliz y que vivia y vuelvo ha decir vivia mejor pero mucho mejor que muchas personas que por lo que veo no os dan tanta pena.
Ahora yo digo, ha saber cuantos animales se matan en la perreras, veis yo lo digo no lo se, pero lo digo como es gratis.

Anónimo dijo...

Después de leer las dos versiones, pienso que lo que ha pasado dice muy poco de de este señor como veterinario y como persona. Ojalá Marconi encuentre una familia que le cuide de verdad.

Anónimo dijo...

hola solo decir,que si es verdad que el dueño lo hecho al contenedor pensando que estaba muerto,y después la policia le dijo que estaba vivo,como no corrió al encuentro del perro,si tanto le quería,preguntaros eso

Maria dijo...

Pues yo, despues de leer las dos versiones, me inclino a favor del dueño del perro porque creo que se están exagerando lo hechos y se han sacando de contexto.

He leido más arriba algún comentario que va en este sentido, veo muy exageradas las reacciones y los comentarios y lo que de verdad importa es la intención con la que se hacen las cosas y yo creo que los dueños no han tenido en ningún momento mala intención.



Protectora de Animales de Segovia dijo...

En el Informe de la Patrulla Verde de la Policía Local de Segovia se dice que "una vez en el domicilio del propietario del animal, D. Guillermo Aragoneses Reques ratifica las declaraciones realizadas en la conversación telefónica anterior, manifestando que al ver como era atropellado el animal, se acercó al mismo y, a la vista de las lesiones que presentaba, siendo además veterinario con número de colegiado 651 del Ilustre Colegio de Veterinarios de Segovia, entendió que el perro no viviría mucho tiempo por lo que procedió a meterlo en un saco, cerrando el mismo con una cuerda y trasladándolo hasta una explotación ganadera próxima donde lo dejó en el contenedor de cadáveres de dicha explotación con la intención de que, al ser recogido el contenedor, el perro fuera retirado por la empresa de recogida de los cadávers de ganado porcino e incinerado con ellos." El informe finaliza diciendo "..., habiendo reconocido la autoría de los hechos, se le considera presunto autor de infracción por maltrato animal, habiendo prolongado de forma innecesaria el sufrimiento de su perro herido, abandonándolo durante horas dentro de un saco a la intemperie, por lo que se da conocimiento de los hechos y de las investigaciones realizadas a la SAutoridad competente."
Creo que con esto sobran los comentarios.

Protectora de Animales de Segovia dijo...

En la denuncia presentada por la Policía Local de Segovia se dice: "... consigue localizar al propietario y, al respecto de su perro, manifiesta que, efectivamente, el perro ha sufrido un atropello y como quiera que, a priori, las heridas parecían graves y que como consecuencia de ellas el mismo no se iba a salvar, lo ha metido en un saco y lo ha tirado al contenedor de animales muertos de la explotación ganadera."
Sin comentarios.

Protectora de Animales de Segovia dijo...

La Protectora de Animales recogió a Marconi a instancias de la Patrulla Verde de la Policía Local de Segovia. Lo llevó a la clínica veterinaria CVS donde estuvo ingresado durante cuatro días. A continuación se le trasladó al Albergue donde permaneción durante un mes, hasta que viajó a Alemania a un nuevo hogar.
Estamos contentos porque Marconi se encuentra estupendamente, es querido y respetado.
A partir de este momento trataremos de que se aplique la Ley.

Blanca dijo...

Solo decir que es una suerte que ese señor no ejerza de veterinario. De todo lo que he leído, llego a la conclusión de que el dueño de "Marconi" sabía que no estaba muerto. Solo imaginó que no duraría mucho por las heridas sufridas... (no olvidemos que es veterinario).
Pues mira por donde, Marconi no se dio por vencido y quería vivir. Me alegro que esté en un país lejano y no pueda acceder a él, pues los perros son tan leales, que el pobre movería el rabito al verle.
¡Qué pena de toda esa gente que le defiende! Aunque sea muy grave lo que digo, les tendrían que hacer lo mismo a ellos...

Anónimo dijo...

no conozco al dueño ni a la familia pero conozco la protectora y se que no es plato de buen gusto estar metido en denuncias ni en este tipo de eventos algunas cosas pueden ser cuestionables pero otras son asi y no tienen mas que un punto de vista la primera es que el perro fue atropellado y eso es un descuido muy grande o pasotismo del dueño,la segunda es que el perro fue tirado a la basura y vivo, y yo no concibo a un dueño que quiera a su mascota hacer eso aunque creas que el perro esta muerto y la tercera es que hasta que no empezaron temas de denuncias el perro no fue reclamado en ningun momento yo me figuro que el abogado o algun familiar aconsejaria reclamarlo para poder usarlo en un juicio pero eso ya es una valoracion mia, lo anterior son echos y solo mirando los echos puedes tener una opinion clara de como es la situacion lo minimo minimo que puedes pensar es que el dueño es irresponsable que no se merece tener ningun animal, y eso siendo amables

Protectora de Animales de Segovia dijo...

Después de tres años y medio ya hay sentencia condenatoria que reproducimos a continuación, habiendo cambiado los nombres por sus iniciales. Dado que supera los caracteres que admite este blog, se ha tenido que dividir en varias partes. Merece la pena ser leída con detenimiento.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

En SEGOVIA, a veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis.
El Ilmo. Sr. D. FAUSTINO GUDIN RODRIGUEZ-MAGARIÑOS Magistrado titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de SEGOVIA y su partido judicial, HA VISTO Y OIDO en juicio oral y público el Procedimiento Abreviado número 547 /2014, procedente de las Diligencias Previas nº 824/ 2013 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Segovia, seguido por un presunto delito de maltrato animal contra G. A. R., DNI ....., mayor de edad, nacido el 17/12/1958, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia económica y en libertad provisional por esta causa representado por el Procurador de los Tribunales Doña Marta Beatriz Pérez García y defendido por la Letrada Sra. Cristina Gutiérrez Gómez. Ha sido acusadora en la causa el Ilustre representante del Ministerio Fiscal y ha ejercido la acusación particular de la entidad Asociación para la Defensa de los Animales Doña Mercedes Bago Ruiz estando representada dicha entidad por la Procuradora María Antonia Frutos García.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

A N T E C E D E N T E S

PRIMERO.- Con fecha de diecisiete de junio de 2014 ha tenido lugar en este Juzgado de lo Penal la Vista, en Juicio Oral y público, de la causa antes descrita. Al acto de la Vista Oral asistió el acusado G. A. R. y demás partes ya referenciadas, con el resultado que consta en el acta visionada.

En concreto en el acto del Plenario se practicaron las siguientes diligencias de prueba:

1º.- Interrogatorio del acusado.

2º.- Testifical, a cuyo efecto se procedió a citar a los siguientes testigos:

a) Don D. H. P., trabajador empresa de ganado que se encontró al animal en el contenedor.

b) Agente de la Policía Local de Segovia con número de carnet profesional .... (Patrulla Verde).

c) D. José Antonio San Millán Martínez antiguo Presidente de la Protectora de Animales de Segovia.

d) Don Vicente Serrano López, empleado de la Protectora que recogió al animal

e) Don Arsenio Melero, nuevo presidente de la Protectora actualmente en funciones, reclama por los gastos generados a la entidad.

f) Don J. M. H. R., compañero de trabajo de D. H. P. que se hallaba presente cuando se encontró al perro en el contenedor y vecino del pueblo del acusado.

g) Don T. de A. H., novio de la cuñada del acusado y amigo del mismo, quien estaba presente en el momento del atropello.

h) Don O. G. P., causante del atropello no intencionado del perro.

3º.- Careo propuesto por al Fiscal entre los testigos Don

J. M. H. R. y Don D. H. P.

4º.- Pericial, a cuyo efecto se procedió a ratificar en sus informes a los siguientes peritos:

a) Veterinario Don J. L. T. O., conoce superficialmente al acusado por razón de la profesión.

b) O. G. P., conoce de hace años al acusado habiéndose ido “de cañas” con él en alguna ocasión.

5º.- Documental, por reproducida.

SEGUNDO.- En el trámite de elevar a definitivas, el Ministerio Fiscal solicitó que se condenara al acusado G. A. R., como autor penalmente responsable de un delito de maltrato animal del art.337 del CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la condena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga que ver con los animales por un período de 18 meses y abono de las costas.

Por la defensa del acusado se solicitó su libre absolución con todos los pronunciamientos favorables.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

H E C H O S P R O B A D O S

ÚNICO.- Se declara probado que el acusado G. A. R., nacido el 17/12/1958, con DNI ..., sin antecedentes penales, quien era el propietario del perro de nombre "Canelo", cánido de raza podenco andaluz con capa canela y de pelo corto, con fecha de nacimiento 1/4/2009. En la mañana del día 18 de diciembre de 2012, el perro "Canelo" fue atropellado en la vía urbana del barrio incorporado a Segovia de Fuentemilanos, sufriendo importantes lesiones, optando el acusado, dueño del animal, por meterlo en un saco atándolo con la misma cuerda y realizando un nudo corredizo, depositándolo en un contenedor de cadáveres de una explotación ganadera de porcino sita en el paraje del Campillo de Torremilanos, próxima a las confluencias de las carreteras N-110 (Km 208) y SG-313, aumentando y prolongando con ello el sufrimiento del animal. Sobre las 17.30 h del mismo día, D. H. P., al acercarse al reseñado contenedor, se percató de un saco con sangre con algo dentro que se movía, procediendo a coger el saco y sacarlo del contenedor y abrirlo, encontrándose con "Canelo" muy malherido, dando aviso a la policía local. El animal fue trasladado sobre las 19:30 h a la Clínica Veterinaria de Segovia donde se apreció que presentaba múltiples contusiones por todo el cuerpo, hipotermia, deshidratación, exoftalmia y prolapso de iris del ojo izquierdo y pérdida relativa de consciencia. El animal pasó por quirófano y hubo que enuclear un ojo, permaneciendo tres días en la clínica y pasando después a la Protectora de Animales, donde mejoró y fue adoptado. Si no hubiera sido auxiliado por terceras personas el herido can hubiera muerto desangrado u asfixiado en breve plazo o en cualquier caso incinerado vivo dentro de la bolsa, dado que la los cadáveres se depositan en contenedores que se destinan a la incineración sin ulterior comprobación

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O


PRIMERO.- La defensa interesó la nulidad del atestado dado que no se realizaron lectura de derecho al acusado y yendo más lejos instó la nulidad de lo declarado n sede judicial. Este Juzgador acordó la nulidad parcial de los extremos incriminatorios del atestado pero de lo declarado en sede de instrucción pues se hizo con asistencia de letrado información e derechos y sin ninguna protesta formal de la letrada. Es doctrina jurisprudencial asentada que no se puede invocar vulneración de derechos fundamentales quien ha prestado su aquiescencia a ello, por lo cual no existe conexión de antijuricidad

En lo demás, los hechos narrados son constitutivos de un delito de maltrato animal del art.337 del Código Penal sobre el perro canelo entonces propiedad del acusado.

En este caso existe un testigo D. H. P. absolutamente imparcial que observa directamente unos hechos que luego narra aservativamente de un modo ponderado y distante, no conoce de nada a las partes. Nada hay en el testimonio del testigo que empañe su testimonio, es un testimonio claro, y diáfano de algo que vio con sus propios ojos, declaraciones que son complementarias tanto a las declaraciones del Agente Municipal de Segovia con número de carnet profesional 6108 y con lo que se puede visionar en el claro informe fotográfico del folio 11 realizado por el propio Policía con su cámara oficial y las posteriores fotos que obran en los folios 56 a 59. Muy distinta a la declaración de su compañero de trabajo J. M. H. M. quien conoce del barrio al acusado y realiza manifestaciones aparentemente muy tajantes pero con escasa convicción y contundencia como se puso de manifiesto en el careo propuesto por la Fiscal donde se mostró muy huidizo y evasivo.

El testigo D. H. P. se muestra espontaneo sobre el que ninguna parte ha apuntado ni un asomo espurio y que ni conoce ni ha conocido a las partes fuera del presente juicio. Declara como el perro estaba deshidratado pues tenía las encías blancas, sangraba y gemía de dolor. Afirma que le había colocado un nudo corredizo que era el mismo empelado por el acusado para cerrar la bolsa. Que dada la hipotermia lo puso cerca de una estufa y le dio agua para evitar la deshidratación.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

Como corolario de lo anteriormente manifestado, procede entrar al análisis de la correlativa prueba de cargo la declaración del agentes de la Policía local de Segovia quien manifiesta que cuando le comentó sobre las circunstancias atroces en que se había encontrado a su perro y que no estaba muerto el acusado no mostró ninguna extrañeza. Declara como el perro estaba deshidratado pues tenía las encías blancas y gemía y chillaba de dolor, que el efectuó un informe fotográfico. Afirma que le pudo ver el nudo corredizo, a su entender el perro hubiera muerto axfias o bien aplastado.

El acusado es veterinario y no tardó más de quince minutos en deshacerse del can, dice amar al perro como a un hijo pero nadie puede ir contra sus propios actos. No acude a visitarlo al veterinario pese a lo que le manifiesta el Policía Local, no muestra sorpresa por tal como argumento el Policía Local una vez que sabe que está vivo, no comprobó el pulso del animal. Aunque actualmente está alejado como veterinario de funciones clínicas si manifiesta haber trabajado en este campo en el pasado. Afirma faltando a la verdad que el cráneo estaba aplastado cuando eso aparece como imposible pues las partes óseas no se restauran solas y si hubo inflamación tuvo que ser de las partes blandas, el hecho de que atara con un nudo corredizo la bolsa demuestra una indiferencia hacia la vida del animal y una indolencia que se asfixie o no. Por tanto, el sujeto es así hecho responsable de su ceguera voluntaria, deliberada o intencional o, incluso, como es aceptado en el common law, cuando su falta de conocimiento deriva de una “indiferencia grosera” (grossly indiferent). A través de este cambio de perspectiva acaba siendo tan merecedor el desconocimiento provocado como el conocimiento. En este sentido, desde la primera Sentencia del Tribunal Supremo que adoptó esta doctrina (núm. 1637/1999, de 10 de enero), se hace referencia a que el autor “se pone en situación de ignorancia deliberada (wilfull blindness)”. Ese pasa a ser el momento decisivo para decidir si el autor ha de ser castigado y cuál es la pena que le corresponde arroja a un animal moribundo y herido a un contenedor y se desapega de las consecuencias de su modo de proceder.

Tras la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modificaba el Código penal, la que ofrece una nueva redacción al delito de maltrato a los animales que consideramos más beneficiosa que la propiciada por la LO 1/2015 de 30 de marzo, con idea de perfeccionar su técnica, “eliminando el requisito del ensañamiento, que dificultaba de manera notable la aplicación del precepto”, concretando el objeto material al ”animal doméstico o amansado”, y ampliando tanto el resultado causado, a un menoscabo grave de la salud, no necesariamente físico, como a las formas de acción, “por cualquier medio o procedimiento”. La acción consiste en maltratar por cualquier medio a un animal sin que haya causa que justifique dicha acción. Abarca todas aquellas conductas, tanto acciones como omisiones, mediante las cuales se somete de una forma innecesaria a un animal a un dolor, sufrimiento o estrés.

Se trata de una acción completamente injustificada consistente en arrojar a un herido animal moribundo a un contenedor, no existe ningún tipo de explicación o justificación a la línea de conducta del autor.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

La expresión “por cualquier medio o procedimiento” permite desde la reforma sin duda ya la comisión por omisión del delito de maltrato de animales, dejando abierta la puerta además al daño o sufrimiento psíquicos como resultado. Se incluyó al animal amansado (aunque no en la falta de maltrato) y se mencionó al animal doméstico en singular, permitiéndose, al menos en teoría, la aplicación de un delito por cada animal maltratado (aunque tampoco se contempló así en la falta). Se hizo desaparecer el elemento del ensañamiento (aunque no la crueldad en la falta).

Las consecuencias efectivas de su conducta son hipotermia y deshidratación, pero es que el animal se estaba desangrado y si hubiera seguido viviendo un periodo de tiempo superior hubiera sido incinerado vivo por lo que es plenamente subsumible en el tipo penal del art. 337 del CP en su redacción originaria anterior ala LO 1/2015, de 30 de marzo.

En conclusión, de la inmediación del acto del Juicio una vez sujeto al inmediación del conjunto de las pruebas practicadas le ha quedado claro al Juzgador que el acusado G. A. R., dio rienda suelta a un impulso de deshacerse de un animal herido que le pudiera reportar complicaciones y la arrojó a un contenedor de los que se destinan al incinerado de animales.

Los hechos que han quedado probados del escrito de acusación son subsumibles en el delito de maltrato animal del art.337. del CP (en su redacción originaria anterior a la LO
1/2015, de 30 de marzo).


La pericial del perito Veterinario D. J. L. T. O. que se ratica en su informe de los folios 13,144 y 149 nos permite darnos una idea que es imposible que el animal dejara de respirar un periodo superior a diez o quince minutos sin sufrir secuelas irreversibles, es taxativo en que no hubo en ningún caso fractura craneal y que exige una comprobación del latido, tal como hizo en este punto el Perito J. M. G. S. que quizás por su relación camaradería con el acusado realizó una pericial más huidiza, negándose a concretar los extremos que le proponían las acusaciones alegando que hay demasiadas variables en juego.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

SEGUNDO.- Del referido delito de maltrato animal es responsable el acusado G. A. R. en concepto de autor del art.27 y 28 del CP. Este punto no debería ser objeto de cuestión pues el acusado actúa individualmente y controla todo el curso causal de la acción.

TERCERO.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

CUARTO.- En cuanto a la individualización de la pena del art.66 del CP se trata de un hecho puntual y se impone en su grado mínimo y a la pena de prisión aunque dada la gravedad delos hechos y su antijuricidad no se impone en su grado mínimo parece adecuado imponer cuatro meses y quince días de prisión e inhabilitación especial para trabajar con animales por un periodo de 18 meses. Se efectúa esta inhabilitación por aplicación del art. 45, inhabilitación para el ejercicio de un derecho a profesión, oficio, industria, comercio o cualquier otro, relacionada con la comisión del delito por lo que se le impone por 18 meses la inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

En cuanto a la antijuricidad de la conducta hay que señalar que tras la Ley Orgánica 5/2010, incluso su dignidad (SAP de Madrid de 19 de abril de 2004), en definitiva el bienestar animal, el animal en sí mismo considerado. Una creciente sensibilidad social para con los animales ha ido demandando cada vez más una tutela casi al mismo nivel que el ser humano, y una prueba de ello ha sido la Ley Orgánica 1/2015, aunque sin llegar a reconocer a los animales derechos subjetivos propios.


Se trata de un delito de resultado material (maltrato), que como hemos visto puede cometerse por acción o por omisión, sobre un animal produciéndole un sufrimiento considerable, causando un perjuicio grave de su salud. Es un delito de resultado lesivo: muerte o producción de lesiones físicas, (entendemos que también psíquicas, pese a la dificultad de su prueba) que menoscaben la salud del animal de forma grave. Por lo que para que estemos en presencia de un delito de maltrato animal, el animal debe sufrir lesiones graves o su muerte. En caso contrario, podríamos estar en presencia de una falta. En este caso el estado de asfixia en el marco cerrado de una bolsa y el estado deshidratación unido a la inevitable incineración en vivo bien puede equipararse, la Fiscal aduce la SAP 824/2015, (Penal sección 2ª) de Madrid del 05 de octubre de 2015 (Ponente: María del Rosario Esteban Meilan) la cual equipara este resultado a la desnutrición de unos caballos famélicos que estaban completamente desatendidos, que es perfectamente asimilable a la hipotermia y deshidratación con la segura posibilidad de ser incinerados vivos caso de ser rescatados.

QUINTO.- De conformidad con el art.123 del CP corresponde imponer las costas al acusado G. A. R., dado que las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta, incluidas por supuesto de acuerdo con el vencimiento objetivo las de la acusación particular cuya intervención se juzga necesaria.

SEXTO.- De conformidad con el art. 109. 1. Del CP la ejecución de un hecho descrito por la Ley como delito o falta obliga a reparar, en los términos previstos en las Leyes, los daños y perjuicios por él causados. No existe reclamación en este punto por parte de la perjudicada.

Se han generado a la Asociación para la Defensa de los animales de Segovia (Protectora de Animales), gastos que no han sido impugnados que figuran en los folios 162 a 163 de la causa de 391,21 euros, la cantidad derivada de los gastos generados de 463,57 euros no parece excesiva y se entiende que procede acordar los 854,78 euros reclamados.

(Sigue a continuación)

Protectora de Animales de Segovia dijo...

Por cuanto antecede, y atendidos los preceptos de aplicación general, adopto el siguiente

F A L L O


Que condeno al acusado G. A. R., ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de un delito de maltrato animal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de la pena de cuatro meses y quince días de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales por un período de dieciocho meses, abono de las costas, incluidas las de la acusación particular.

Se condena al acusado a indemnizar a la Asociación para la Defensa de los animales de Segovia (Protectora de Animales) en la cantidad de 854,78 euros con los intereses legales que procedan conforme al art.576 de la LEC.

La presente sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de diez días ante la Audiencia Provincial de Segovia.

Llévese certificación de la presente a los autos principales.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y a las partes.



Así por esta Sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.



PUBLICACIÓN.- Estando yo, el Secretario, la anterior Sentencia fue leída y publicada, en el día de su fecha, por el Ilmo. Señor Magistrado-Juez que la suscribe, mientras celebraba audiencia pública. De ello doy fé.

Protectora de Animales de Segovia dijo...

Con las modificaciones habidas en la ley, en la actualidad la sentencia condenatoria hubiera sido más dura.
Nosotros abogamos por que se modifique la ley y se reconozca que los animales son "seres sintientes", como ya lo hacen otros países de la Unión Europea.

Anónimo dijo...

Y ¿ qué opina del fatídico final que le esperaba al animal si no llega a ser rescatado y del modo de ejecutarlo por el desalmado dueño?

Anónimo dijo...

Como veterinario lo primero que debería hacer es ratificar la muerte de su amado perro. Desde luego tirarlo como basura por haberlo dado por muerto sin cerciorarse antes no demuestra mucho amor hacia el perro.

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo

Carlos dijo...

Solo espero que la publicidad gratuita que habéis sabido aprovechar del caso y el dinerito que tanto habéis añorado y conseguido sirva realmente para proteger a los animales y no a vuestros intereses personales.Que sigáis viviendo con vuestra conciencia tranquila

Anónimo dijo...

Gracias por publicar la sentencia.
En nuestra familia hemos dejado de consumir los huevos ecológicos de Fuentemilanos (Segovia) que vende la empresa del culpable de este delito de maltrato animal. Es el poder que tenemos los consumidores de boicotear a las empresas/empresarios cuyo comportamiento es rechazable, como es el caso que nos ocupa.
Gracias por la labor que lleváis haciendo durante años.